En 2025 y 2026, la normativa fiscal española ha dado un paso decisivo hacia la digitalización y control de la facturación mediante VeriFactu. Pero surge una pregunta esencial: ¿Qué ocurre si un negocio decide no adaptarse al sistema? En Caide Asesores consideramos fundamental que conozca las consecuencias reales — legales, económicas y de gestión — de ignorar este cambio.
Consecuencias de no adaptarse: sanciones y riesgos fiscales
Si su empresa o negocio continúa usando un sistema no conforme —como software propio, un Excel, un TPV antiguo o una caja registradora sin certificación—, se expone a consecuencias graves conforme al régimen sancionador previsto.
Algunos de los riesgos más relevantes:
- Multas de hasta 50.000 € por ejercicio fiscal simplemente por usar o mantener un software no conforme.
- Si se detecta manipulación de facturas, registro de facturación falso o doble contabilidad, las sanciones pueden alcanzar hasta el 75 % del importe de la operación implicada.
- Otras infracciones —como errores formales en facturas, no emitir o conservar facturas correctamente— conllevan sanciones que pueden ser también muy costosas (porcentaje sobre operaciones o importes mínimos).
- Estas sanciones son acumulables: pueden imponerse por ejercicio, por tipo de sistema o por cada factura incorrecta.
En definitiva, la ausencia de adaptación a VeriFactu supone un riesgo fiscal y económico importante.
Otros riesgos: pérdida de validez de facturas, problemas contables y de liquidez
Más allá de las multas, existen consecuencias de mayor calado:
- Las facturas emitidas por un sistema no conforme pueden ser consideradas inválidas —lo que puede impedir la deducción de IVA o el reconocimiento contable correcto.
- Ello puede derivar en inspecciones frecuentes por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), con la consiguiente carga administrativa, requerimiento de aclaraciones o regularizaciones.
- En caso de irregularidades graves o reiteradas, puede verse comprometida la reputación fiscal de la empresa: proveedores, clientes o entidades financieras podrían desconfiar de su solvencia o transparencia.
- También existe un riesgo operativo: los inversores, socios o entidades bancarias pueden exigir facturación debidamente registrada; en sectores competitivos, la falta de cumplimiento puede limitar su capacidad de operar con normalidad.
¿Existen excepciones? — Casos en los que no se aplicaría VeriFactu
Sí, la normativa prevé ciertos escenarios en los que VeriFactu puede no ser obligatorio. Por ejemplo:
- Si su empresa ya está acogida al régimen de Suministro Inmediato de Información (SII), la obligación de VeriFactu puede no aplicar porque ese sistema ya prevé el suministro inmediato de datos a la AEAT. Sin embargo, es recomendable usar un programa de facturación debidamente homologado a Verifactu.
- En comunidades con normativas propias de facturación electrónica / control fiscal, como sucede en territorios forales, pueden aplicarse sistemas diferentes (aunque en la mayoría de España VeriFactu será la norma general).
No obstante, si no se encuentra en alguno de estos supuestos, la obligación es real.
Desde Caide Asesores recomendamos encarecidamente revisar su sistema de facturación lo antes posible, comprobar que cumple con los requisitos del Real Decreto 1007/2023 y, de no ser así, planificar su migración a un software homologado. Con la proximidad de las fechas límite, actuar con previsión puede evitar sanciones y asegurar tranquilidad.
Por último, disponemos de un equipo cualificado para poder ofrecer asesoría y gestión contable y ofrecemos una aplicación de facturación “e-fiscal” fácil y económica para facilitar la adaptación a VeriFactu. . No dude en contactarnos si precisa de adaptación homologada o dudas relacionadas con VeriFactu.
¿Quieres recibir información valiosa para gestionar tu empresa?
Suscríbete a nuestro Newsletter