Si trabajas por cuenta propia, conocer los gastos deducibles es clave para ahorrar en impuestos. La ley permite que los autónomos resten de sus ingresos ciertos gastos relacionados con su actividad, reduciendo así la base imponible del IRPF y el IVA.
¿Qué son los gastos deducibles?
Son todos aquellos gastos necesarios para el desarrollo de tu actividad profesional. Al deducirlos, solo tributas sobre el beneficio neto y no sobre el total de ingresos.
Ejemplos: alquiler de oficina, material de trabajo, gasolina, cuotas a la Seguridad Social, entre otros.
¿Qué dice la ley?
La normativa del IRPF y el IVA establece qué se puede deducir y bajo qué condiciones. Además, el criterio de Hacienda y la jurisprudencia del Tribunal Supremo han influido en cómo se interpretan ciertas deducciones.
Requisitos básicos para deducir un gasto
Para poder deducir un gasto, existe una serie de requisitos que deben de cumplirse:
- Estar dado de alta en el RETA y en Hacienda.
- Estar en régimen de estimación directa.
- El gasto debe estar relacionado con la actividad.
- Contar con una factura válida con datos fiscales del emisor y destinatario
- Registrar el gasto en tu contabilidad.
Principales gastos deducibles
Aquí un resumen de los gastos más comunes que puedes deducir como autónomo:
- Material y materias primas: herramientas, papelería, etc. Deducibles en IRPF e IVA.
- Comisiones bancarias: por cuenta, transferencias, tarjetas.
- Gasolina y coche: si el vehículo se usa para el trabajo. Deducción total o parcial (hasta el 50%), según el caso.
- Dietas: hasta 26,67 €/día (España) o 48,08 €/día (extranjero). Solo si se justifica con factura y el pago electrónico correspondiente.
- Amortización de bienes: Siempre que se contabilice como inmovilizado material o inmaterial. Por ejemplo, ordenadores de más de 800 €. Se deducen en varios ejercicios.
- Teléfono, Internet y móvil: si están exclusivamente dedicados al trabajo y a nombre del autónomo.
- Dominio, hosting y software: gastos de página web, diseño, licencias digitales y herramientas online.
- Publicidad: en redes, Google Ads o medios tradicionales.
- Asesoría o gestoría: servicios contables o fiscales contratados.
- Formación: cursos y seminarios relacionados con tu sector.
- Libros y revistas profesionales: siempre que estén vinculados a tu actividad.
- Eventos, ferias y congresos: si están relacionados con tu profesión o actividad.
- Viajes de negocios y desplazamientos: tren, avión, metro, etc., siempre que esté justificado con los justificantes correspondientes.
- Aparcamiento: si está vinculado a la actividad.
- Cuota de autónomos: Recibos mensuales de RETA .
- Parte proporcional de vivienda y suministros: si trabajas desde casa y declarado en modelo 036 los metros a Hacienda, puedes deducir la parte proporcional del gasto Hasta un 30% de suministros correspondiente al espacio de trabajo.
- Seguros: de vida, salud, baja laboral o responsabilidad civil. Límite de 500 € exceptos en algunos casos.
- Sueldos y cotizaciones de empleados: si tienes personal contratado.
- Vestuario profesional: solo si es ropa de trabajo específica.
- Intereses de préstamos: si están relacionados con la actividad.
- Servicios externos: diseño web, marketing, asesoría legal, etc.
- Impuestos como el IBI o tasas municipales, si el lugar donde desarrollas la actividad es de propiedad.
- Plataformas de pago: comisiones de servicio por uso.
- Software de facturación: útil, legal y deducible, como el que ofrece Caide software e-Fiscal de facturación.
Conclusión
Deducir correctamente los gastos es clave para pagar solo lo justo. Usa herramientas como e-fiscal para llevar el control y guardar todas las facturas de forma ordenada.
Desde Caide Asesores realizamos asesoramiento y gestiones contables y fiscales a empresas y autónomos, no dude en preguntar sin compromiso si precisa de ayuda.
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